En México, existe desde 2013 una ley que restringe el uso de efectivo en operaciones que se puedan prestar para lavado de dinero del narco, delincuencia organizada o corrupción. De ahí su nombre coloquial: Ley Anti-Lavado.
Oficialmente se llama “Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita” (LFPIORPI) y en ella se establecen umbrales o montos máximos de efectivo para el pago de autos, barcos, aviones, joyas, arte, apuestas, tarjetas de crédito… y por supuesto: bienes inmuebles.
Cada año se actualizan los valores. Para 2023, el límite para pago en efectivo en compra-venta de propiedades inmobiliarias[1] es de $832,513.50 MXN[2] (equivalente a 8,025 UMA[3]), el más alto de todos los de la lista.
Esto quiere decir que si el precio de adquisición es mayor, el comprador deberá pagar la diferencia por medios bancarizados como Cheque (personal, certificado o de caja) o Transferencia Electrónica (SPEI, CoDi, etc.). No importa si es casa, departamento, terreno, local comercial, bodega o cualquier otro tipo de inmueble.
Lo que no quiere decir, es que el SAT no va a preguntar de dónde salió ese efectivo. Aunque compres dentro de este límite, Hacienda puede requerir que compruebes el origen de ese dinero y todas las demás leyes siguen aplicando.
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